*Se consideran miembros de la unidad familiar el padre, la madre, el solicitante, los hermanos solteros menores de 26 años que convivan en el domicilio familiar o los de mayor edad que padezcan incapacidad o disminución física o psíquica de la que se derive la imposibilidad de conseguir ingresos de cualquier naturaleza y los ascendientes de los padres que justifiquen adecuadamente su residencia en el mismo domicilio. |